TEEMICH confirma declaración de validez de elección en Charo

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JUL
23
2018
Redacción IM Noticias Morelia, Mich.
Con una diferencia porcentual del 7.1 % de votos entre el primer lugar y el segundo lugar en la elección municipal de Charo; el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán declaró válidos los resultados de los comicios mencionados y la entrega de las constancias recibidas.
La Magistrada y los Magistrados de este órgano jurisdiccional declararon infundado el argumento relativo que demandaba el actor a que indebidamente no se ordenó la apertura de los paquetes electorales por el Consejo Municipal del IEM correspondientes a todas las casillas instaladas en el municipio citado.
La ponencia del Magistrado José René Olivos Campos propuso declarar infundado esta pretensión de un nuevo recuento de los votos porque en la ley se establece que al término del cómputo de los resultados electorales si la diferencia entre el candidato ganador de la elección y el que haya obtenido el segundo lugar de la votación sea igual o menor a un punto porcentual se daría el recuento de la votación. Siempre que exista la petición expresa del representante de cada partido o candidatos antes señalados.
En el caso concreto, no se cumple con ninguno de los requisitos precitados, debido a que la diferencia entre el primero y el segundo lugar de la elección, no es igual o menor al punto porcentual, en virtud de que la votación emitida en dicho municipio fue de 10 mil 336 votos; en tanto, la Coalición por Michoacán al Frente obtuvo 3 mil 137 votos y el Partido Verde Ecologista de México su votación fue de 2 mil 402 votos, siendo la diferencia de 725 votos, y la diferencia porcentual es de 7.01 por ciento.
Por otro lado, de las actas de la sesión de cómputo municipal de 4 de julio del presente y la correspondiente a la reunión del día anterior celebradas por el Consejo Municipal, se advirtió que el PVEM no realizó el recuento total de los votos, en forma previa o al inicio de la sesión, por lo que no se actualizó el segundo de los requisitos por ley.





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