Normalismo, un renacimiento posible.
Erick Avilés, 14/01/2026

Normalismo, un renacimiento posible.
Morelia, Mich.
La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la Acción de Inconstitucionalidad 122/2019 es, en esencia, la apertura de una ventana de oportunidad histórica para rediseñar la política educativa en estados con una tradición magisterial tan profunda como Michoacán.
El fallo de la Corte ha dejado claro que la prioridad otorgada a los egresados de las Escuelas Normales Públicas, de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) y de los Centros de Actualización del Magisterio (CAM) es constitucional.
Esta decisión reconoce que el fortalecimiento de estas instituciones es un fin nacional legítimo. Sin embargo, para las autoridades educativas locales, este mandato no debe interpretarse como un dogma de exclusión, sino como una herramienta de ordenamiento institucional que beneficie a todos los actores del ecosistema educativo.
El Nuevo Escenario para el Normalismo.
Para las escuelas normales de México y de estados marginados como Michoacán en particular, históricamente descobijadas institucional y presupuestalmente, esta resolución significa certidumbre. Al blindar legalmente su preferencia en la admisión, se asegura que la formación docente pública sea el eje rector del sistema. Esto permite una planeación educativa mucho más robusta: las normales pueden ahora alinear sus matrículas con las necesidades reales de las vacantes en el estado, garantizando que quien se forma en el normalismo público tenga una ruta clara hacia el servicio profesional.
No obstante, la gran oportunidad de política pública radica en entender que prioridad no significa exclusividad. El sistema educativo michoacano se fortalece cuando es capaz de integrar el talento de manera ordenada. Actualmente, en nuestro estado, el proceso enfrenta el desafío de una interpretación restrictiva que impide la participación de egresados de otras instituciones. Corregir esto no es solo un imperativo legal, sino una necesidad de excelencia académica.
Beneficios para el Gremio y las Autoridades
Para el gremio magisterial, este marco jurídico ofrece una "revalorización" real. Al contar con reglas de admisión claras y avaladas por la Corte, se reduce el espacio para la discrecionalidad y el clientelismo. El docente michoacano gana seguridad jurídica en sus incentivos y promociones, pues la validez de los lineamientos de la USICAMM permite que los programas de promoción horizontal operen con una base administrativa sólida.
Por su parte, las autoridades educativas locales tienen hoy el respaldo para actuar con firmeza. El reto es transitar de un modelo de confrontación a uno de gestión técnica eficiente. La autoridad tiene ahora la facultad —y la obligación— de organizar procesos donde los normalistas públicos encabecen las listas de prelación, pero donde también se permita que los mejores perfiles de otras universidades ocupen los espacios remanentes. Esta "apertura ordenada" es lo que realmente garantizará que ninguna escuela de la entidd se quede sin un maestro debidamente evaluado.
No olvidemos que, en educación inicial, en preescolar, en secundaria, en bachillerato y en educación superior, aún no se alcanza la cobertura universal. Esto quiere decir, que se requieren más maestros que las mil ochenta plazas que anualmente se ofertan, a manera de recambio generacional. Así como se encuentra la distribución de la matrícula en la entidad, alcanzar cobertura universal implicaría la contratación de 72 mil maestros más. Entonces, si se avanza en ese terreno, sería inaceptable soslayar a los egresados de escuelas privadas.
¿Qué se requiere para lograrlo?
Para que esta resolución se traduzca en una mejora real del sistema educativo estatal, se requieren tres acciones fundamentales:
1.Reforma Interpretativa Local: Es necesario que las autoridades educativas en Michoacán ajusten sus convocatorias para reflejar fielmente el espíritu de la ley: prioridad absoluta al normalismo público, pero apertura a la participación de otros planteles una vez agotadas las listas prioritarias. La exclusión actual solo genera brechas de talento y conflictos jurídicos innecesarios.
2.Transparencia Radical en USICAMM: La confianza del magisterio depende de que el proceso de asignación sea público y verificable. Si la prioridad es legal, su ejecución debe ser impecable para evitar sospechas de favoritismo. Es sabido y está documentado que ha habido procesos específicos en donde las listas de prelación para el ingreso al servicio profesional docente se han convertido en papel mojado mediante manejos facciosos de los anexos de plazas disponibles y el manipuleo en torno a la fecha de caducidad de la idoneidad.
3.Vinculación Formativa: Las normales michoacanas deben aprovechar esta protección legal para elevar sus estándares. La prioridad otorgada por la Corte no es un cheque en blanco, sino una responsabilidad de entregar a los docentes más preparados para las zonas de mayor rezago en el estado. Entonces, la manera de lograrlo es invirtiendo más y dignificando a las escuelas normales al máximo, para que se conviertan en los centros de formación inicial docente de excelencia que se requieren, para que sus egresados afronten con éxito los retos vocacionales, productivos, sociales y económicos de la entidad para los próximos 40 o 50 años. Menudo reto.

En suma, el gobierno estatal tiene ante sí la oportunidad de convertirse en el referente nacional de cómo armonizar la protección del normalismo público con la inclusión de nuevos talentos pedagógicos. Al implementar una política de "prioridad sin exclusión", no solo cumplimos con la ley, sino que honramos el derecho de las niñas y niños michoacanos a una educación de excelencia, nutrida por la tradición y abierta a la innovación. Es momento de dejar atrás las barreras que limitan nuestra capacidad educativa y construir un sistema donde el mérito y la formación institucional caminen de la mano. Y, por supuesto, gobernar es presupuestar. Dignificar a las escuelas normales y dotarlas de las mejores condiciones posibles será la mejor manera de interpretar desde lo local esta resolución de la Corte a favor de los derechos a estar, aprender y participar de las niñas, niños y jóvenes en la entidad. ¡Que así sea!

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*Doctor en ciencias del desarrollo regional y director fundador de Mexicanos Primero capítulo Michoacán, A.C.