SAT reforzará vigilancia de transferencias electrónicas.
Redaccion IMNoticias, 07/01/2026

SAT reforzará vigilancia de transferencias electrónicas.
Ciudad de México
Con la llegada de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensificará la supervisión de movimientos bancarios, incluyendo transferencias electrónicas, con el objetivo de detectar ingresos no declarados o inconsistencias fiscales.

De acuerdo con los lineamientos vigentes, los depósitos que no sean congruentes con el perfil fiscal del contribuyente —en especial aquellos que superen los 15 mil pesos mensuales o carezcan de justificación— podrán derivar en revisiones, auditorías y multas que pueden alcanzar hasta los 34 mil pesos, por concepto de ingresos omitidos o no comprobados.

En el imaginario colectivo, el SAT suele asociarse con sanciones y procesos complejos, lo que genera preocupación entre los contribuyentes. Sin embargo, la autoridad fiscal ha reiterado que su labor se centra en la transparencia y el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, más que en sancionar de manera indiscriminada. En este contexto, el foco para 2026 estará puesto en la congruencia entre los ingresos reportados y los movimientos bancarios registrados.

Uno de los antecedentes clave en esta materia es el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), vigente desde 2008. Este gravamen aplica a personas físicas y morales por los depósitos en efectivo —en moneda nacional o extranjera— que, en conjunto, superen los 15 mil pesos en un mismo mes dentro del sistema financiero. No obstante, el propio SAT ha precisado que el IDE no grava las transferencias electrónicas, los traspasos entre cuentas, ni el uso de títulos de crédito como cheques o pagarés.

A pesar de ello, a partir de 2026 las transferencias electrónicas también serán analizadas para identificar operaciones inusuales, montos elevados no declarados o movimientos que no cuenten con respaldo documental. La autoridad fiscal podrá solicitar aclaraciones cuando detecte que estos ingresos no coinciden con la actividad económica o el régimen fiscal del contribuyente.

Entre los movimientos que pueden derivar en sanciones se encuentran los depósitos en efectivo superiores a 15 mil pesos mensuales sin justificación de origen; los ingresos recibidos por transferencia que no se incluyan en la declaración mensual o anual; y los depósitos —en efectivo o electrónicos— que no cuenten con comprobantes fiscales, contratos o documentos que acrediten su naturaleza, los cuales pueden ser considerados como ingresos omitidos.

También se encuentran bajo observación el uso de cuentas bancarias de terceros, como familiares o conocidos, cuando no se justifique el origen y destino de los recursos; la omisión en la emisión de comprobantes fiscales cuando el régimen del contribuyente así lo exige; y los préstamos personales o comerciales que no cuenten con contratos firmados, ya que, en ausencia de estos, el SAT puede clasificarlos como ingresos sujetos a impuestos.

Para evitar multas o revisiones fiscales, la recomendación principal es llevar un control detallado de las transferencias electrónicas, conservar contratos, facturas y comprobantes, y asegurarse de que todos los ingresos se reflejen correctamente en las declaraciones correspondientes. En el caso de la declaración anual de personas físicas, el plazo límite para presentarla en 2026 será el 30 de abril.