76 Legislatura da certeza jurídica a municipios en materia de participaciones e Incentivos

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DIC
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2024
Por unanimidad, las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura aprobaron reformar los artículos 13, 14, 15, y 16 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Michoacán, a fin de dar eficiencia, eficacia y certeza jurídica en materia fiscal a los municipios de la entidad.

En sesión extraordinaria, el Congreso de Michoacán en Pleno, respaldó el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Deuda Pública, y la de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, con la propuesta presentada, en su momento, por el titular del Poder Ejecutivo del Estado.
En este sentido, se adiciona el Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico, a las liquidaciones y pago de participaciones, los cuales proporciona la Secretaría de Finanzas y Administración, ya que se recaudan directamente por ésta.

Asimismo, se adecua la norma a la realidad y necesidades de la sociedad así como al avance tecnológico, esto al establecer que las transferencias de participaciones y aportaciones que realiza la Secretaría de Finanzas y Administración, se realizarán a través de transferencias electrónicas a las comunidades originarias con presupuesto directo, con la responsabilidad para el ayuntamiento de emitir el Comprobante Fiscal Digitalizado por Internet (CFDI), haciendo uso obligatorio del Sistema de Participaciones y Aportaciones.

De igual forma, con la reforma se faculta a la Secretaria de Finanzas y Administración para establecer los términos, requerimientos y lineamientos que emita y dé a conocer para la apertura de las cuentas bancarias para la radicación de las Participaciones y Aportaciones, lo que abona a que las transferencias de los recursos públicos puedan ser fiscalizables y comprobables.

Finalmente, se le autorizó a dicha Secretaria para que pueda afectar las participaciones federales que les correspondan a los municipios cuando tengan una obligación con el Gobierno del Estado.

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