Confirma TEEM el triunfo a la gubernatura de Silvano

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AGO
18
2015
Redacción IM Noticias Morelia, Mich. El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán en sesión pública en esta fecha confirmó por unanimidad el cómputo de la elección del pasado 7 de junio, así como la entrega de la constancia de mayoría a Silvano Aureoles Conejo, candidato a la gubernatura del estado, por el Partido de la Revolución Democrática en candidatura común con los partidos del Trabajo y Nueva Alianza, dentro del Juicio de Inconformidad promovido por el Partido Revolucionario Institucional.

El instituto político sustentó su pretensión de nulidad en tres causales y que fueron por el uso de recursos de procedencia ilícita o públicos en las campañas, por violación a principios constitucionales y, principalmente por el rebase de gastos de topes de campaña, argumentos que fueron infundados por una parte e inoperantes por la otra, destacando que respecto al rebase de tope de gastos de campaña el Instituto Nacional Electoral en su dictamen de fiscalización no advirtió tal irregularidad.

El segundo asunto que resolvieron los magistrados fue con respecto a Procedimiento Especial Sancionador interpuesto por el Partido Acción Nacional en contra de Silvano Aureoles Conejo, Eric Alcaraz López y el Partido de la Revolución Democrática por el supuesto otorgamiento de dádivas con lo que de acuerdo a su dicho se violó la norma electoral. Sin embargo, de la valoración de las pruebas, los magistrados determinaron que éstas son sólo indicios insuficientes para impugnar el acto reclamado.

Confirma el TEPJF, 6 sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán
Por otra parte el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó las sentencias aplicadas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, en lo que se refiere a las elecciones de los ayuntamientos de Panindícuaro, Hidalgo, Queréndaro, Áporo, Angamacutiro, asimismo confirmó la diputación local por el Distrito 02 Puruándiro, el Tribunal Federal, determinó que las pruebas presentadas por los inconformes no fueron suficientes para controvertir la elección de los citados ayuntamientos y de diputado de mayoría relativa.


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