| AGO 242024 Quienes promovimos dicho medio de defensa en materia electoral, contamos con interés para accionar válidamente, toda vez que, de acuerdo con la línea jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tenemos un interés legítimo para impugnar la validez de la asignación de curules por el principio de representación proporcional, frente al fraude a la ley realizado por el partido "oficialista", ya que con su asignación, surte un efecto distorsionador directo la desvalorización de los votos emitidos el pasado 2 de junio, lo que se traduce en una afectación al derecho al voto igualitario. El sistema o principio de representación proporcional es, en su conjunto, una correspondencia armónica y sistémica de los distintos objetivos y finalidades que importan la conformación del representación política mexicana, por lo que entender sus bases de manera aislada y en lo individual implicaría el desconocimiento del proceso de evolución histórico y la desnaturalización del principio, al tratarse de un principio constitucional que permea en todo el sistema jurídico, por lo que aislarlo en su interpretación tiene como consecuencia despojarlo de su naturaleza de principio constitucional y convertirlo en simples reglas de aplicación directa sin contenido vigente. Las elecciones no son un fin por sí solas, su propósito, como lo indica la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es el de establecer la voluntad del pueblo con respecto a su gobierno; son procesos para conferir legitimidad para gobernar, y para resolver pacíficamente la competencia política, una elección genuina es aquella en la que el resultado refleja las preferencias del pueblo expresadas libremente; el que una elección y sus resultados gocen de credibilidad dependerá del grado en que se respeten los principios democráticos, entre ellos, el de la universalidad del sufragio, sobre todo si asumimos que el acto de votar tiene sentido porque cuenta con un valor intrínseco, votos que no se han respetado en legal forma. @lvarezbanderas |