OCT 212025 De acuerdo con la denuncia, Carlos V. fue víctima del delito de despojo de un predio ubicado sobre la calle Félix Ireta, en la colonia Dámaso Cárdenas, el cual había sido ocupado de manera indebida por una mujer que aseguraba ser la dueña. Gracias a la intervención del personal especializado del CMASC, se llevó a cabo un proceso de mediación que permitió alcanzar un acuerdo reparatorio, aprobado conforme a lo dispuesto por el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). En cumplimiento de dicho acuerdo, un agente del Ministerio Público se trasladó al sitio para realizar la diligencia correspondiente y entregar el inmueble a su legítimo propietario. Cabe recordar que el Artículo 186 del CNPP establece que los acuerdos reparatorios, una vez aprobados y cumplidos en sus términos, tienen como efecto la extinción de la acción penal, contribuyendo así a una justicia pronta, pacífica y restaurativa. |