FEB 212020 En el marco de la estrategia preventiva que mantiene la institución para garantizar la seguridad de conductores y peatones, se hace un llamado a los automovilistas a tomar en cuenta los riesgos y las consecuencias que se derivan por manejar bajo los efectos del alcohol. Las personas que manejen sin acatar lo establecido en el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Michoacán, serán sancionadas económicamente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 98, fracción IV, el cual menciona lo siguiente: J) Por conducir en estado de ebriedad La sanción es de 30 UMAS, la cual corresponde una multa de 3 mil 693 pesos. La SSP mantiene de manera permanente el programa preventivo "Conduce sin alcohol", en busca formar conductores responsables y disminuir hechos de tránsito en la entidad. |