ENE 212020 Con pruebas firmes y contundentes, la Fiscalía acreditó y demostró que el 23 de octubre de 2013, el ahora sentenciado Jesús V., y otras personas, ingresaron a una refaccionaría ubicada en la avenida Francisco I. Madero, esquina con Margarita Maza de Juárez, en la colonia Niño Artillero, donde se encontraban las víctimas, Marco Antonio M., Alejandro Q., Salvador G., y Obed J., a quienes tras amagar con armas de fuego y obligarlos a tirarse al piso boca abajo, les echaron gasolina y les prendieron fuego. Los afectados lograron salir del inmueble, sin embargo, derivado de las quemaduras que presentaban en diferentes partes del cuerpo, fallecieron Marco Antonio M., y Alejandro Q., mientras que Salvador G., y Obed J., fueron trasladados a un nosocomio para su recuperación. Asimismo se produjeron cuantiosos daños al local comercial. Por otra parte, el 16 de diciembre de ese mismo año, entre las 20:00 y 21:00 horas, el sentenciado Jesús V., llegó a un taller mecánico que se localizaba en la esquina de la calle Vicente Medina y José Pilar Ruiz, de la colonia Felícitas del Río, sitio en donde se encontraba el ofendido José Manuel T., a quien, en complicidad de otra persona, sacaron del establecimiento e intentaron subirlo a un vehículo, en el que esperaba un tercer hombre; sin embargo la víctima opuso resistencia y el sujeto que acompañaba a Jesús V., le disparó, privándolo de la vida de manera instantánea. |