Pide Regidor Osvaldo se aclare la inhabilitación de Roberto Valenzuela.

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JUN
29
2017
Redacción IM Noticias Morelia, Mich. En Sesión Ordinaria de Cabildo, el Regidor Osvaldo Ruiz Ramírez, presentó el Punto de Acuerdo por el cual se solicita que rinda el informe de la situación que guarda el expediente 26812/16-17-09-3 del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en el cual el Ing. Roberto Valenzuela Cepeda, Director General del Ooapas, mismo que en pasadas fechas resolvió la inhabilitación del mismo y puede ser constatado en la página web del propio Ayuntamiento de Morelia.
Puesto que La Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán de Ocampo, establece que todo servidor público se debe de garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, institucionalidad, imparcialidad, transparencia y eficacia en el servicio público, señalando que esta Legislación si es aplicable a los organismos descentralizados de la Administración Municipal.
Dada cuenta que el Ing. Roberto Valenzuela Cepeda, indicó en el Periódico Provincia el día 23 de mayo de 2017, que había impugnado la resolución de inhabilitación que en su contra existía y que se desahogaba en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dando a conocer el número de expediente 26812/16-17-09-3 bajo el cual era atendido por dicho tribunal, encontrando en la página web de este Colegiado, que efectivamente se atendió, pero aquí es lo interesante ya que al consultar el expediente en mención, ya existe una sentencia, misma que se considera, debe de ser presentada por el Director General del Organismo ante los integrantes del Ayuntamiento, con la finalidad de dar transparencia a su nombramiento.
Es necesario comentar que, a una sanción por suspensión o inhabilitación para el ejercicio de la función pública impuesta por autoridad competente, no admite recurso alguno, ya que en los términos de algunas tesis de jurisprudencia, para el caso de la inhabilitación administrativa de servidores públicos, no procede conceder la suspensión en su contra, ya que causaría perjuicio al interés social. Así lo resolvió el Décimo Tribunal Colegiado de Circuito en materia administrativa del Primer Circuito, que incluso contendió en contradicción de tesis con número de expediente 424/2009, documento que puede ser acreditado y a la vista cuando se requiera.
"Como Regidor de éste H. Ayuntamiento, en correlación con los principios de MORENA, éste Movimiento pugna y siempre pugnará por la trasparencia y legalidad de los actos del gobierno en todos sus niveles, y hoy me toca a mí solicitar de manera formal y respetuosa a este Cabildo, se le autorice Al Ing. Alfonso Martínez Alcázar en su calidad de Presidente de la Junta de Gobierno del OOAPAS de Morelia, que a la brevedad le solicite al Director General del Organismo, presente el documento que contiene la sentencia emitida en virtud del expediente 26812/16-17-09-3 atendido por la novena sala regional metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa" externó el Regidor Osvaldo Ruiz en s participación.

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