Congreso del Estado reforma Ley de Movilidad y Seguridad Vial

Congreso del Estado reforma Ley de Movilidad y Seguridad Vial
MAS DE CONGRESO

Cierra 76 Legislatura su primer año de actividades

Con 3 iniciativas, Vicente Gómez propone se respeten DDHH de grupos vulnerables

Con reforma, Congreso del Estado agiliza trámites de compra-venta

Aprueba Congreso convocatoria para cargo de magistrada de la Quinta Sala del TAAM

Participa Vicente Gómez en arranque de reforestación 2025 en Tacámbaro
  
JUN
19
2025
Redaccion IMNoticias Morelia, Mich. Renovación vehicular, contratación de seguros de responsabilidad civil por daños a terceros, revisión anual de tarifas y estímulos fiscales en concesiones con vehículos eléctricos, quedaron plasmadas en la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo, al aprobar el Pleno de la 76 Legislatura diversas disposiciones en la misma.

En Sesión Ordinaria, las y los legisladores determinaron incorporar el establecimiento de criterios técnicos para la revisión y actualización anual de tarifas, conforme lo dispone la Estrategia Nacional de Movilidad, relativo a la gestión de sistemas tarifarios con enfoque de valorización y sostenibilidad.

Conforme a lo determinado en el dictamen elaborado por la Comisión de Movilidad y Comunicaciones, "la fijación transparente y periódica de tarifas es fundamental para garantizar certidumbre tanto a usuarios como a concesionarios, fomentando una mejor planificación financiera y operativa".

De acuerdo con lo establecido en el Dictamen las y los legisladores michoacanos precisan en la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo, las obligaciones de los prestadores del servicio de transporte público, incluyendo la contratación obligatoria de seguros de responsabilidad civil por daños a terceros, la creación de un fondo de garantía y la posibilidad de contar con coberturas más amplias ante siniestros, para evitar situaciones de desprotección y brindar respuestas efectivas ante accidentes o eventualidades.

Asimismo, en consonancia con la Estrategia Nacional de Descarbonización, se incluye un estímulo del 100% en los derechos relativos al otorgamiento de concesiones del transporte público para vehículos eléctricos de producción nacional; lo que permitirá la transición energética y la reducción de emisiones contaminantes, fortalecer el mercado interno y promover el uso de tecnologías limpias.

El Artículo 188 ahora establece que los vehículos destinados para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros masivo, semimasivo y cable, deberán no ser mayores a los 12 años para ser incorporados al servicio y sustituirse antes de los doce años de la fecha de fabricación.

Mientras que los vehículos destinados para la prestación del servicio de transporte especializado escolar, deberán no ser mayores a los 12 años para ser incorporados al servicio y sustituirse antes de los trece años de la fecha de fabricación.

La Comisión de Movilidad y Comunicaciones en su exposición de motivos explicó que las diversas modificaciones surgieron en mesas de trabajo, bajo un modelo de Parlamento Abierto, escuchando y valorando las aportaciones de quienes operan, regulan y utilizan diariamente el sistema de transporte en nuestro estado.

INICIO || CONTACTO
IMARMX .::. by Libre Venta .::. México